Santos Apóstoles · Kindle

Parte 4 · Capítulo 6

Introducción a la vida devota · San Francisco de Sales

DE QUÉ MANERA LA TENTACIÓN Y LA DELECTACIÓN PUEDEN SER PECADO

Tramo 2 de 3

Letra pequeñaMedianaGrande

Cuando, pues, te sientas tentada de cometer algún pecado, considera si has dado voluntariamente motivo para ser tentada, pues entonces la misma tentación te pone en estado de pecado, por el peligro a que te has expuesto. Esto se entiende del caso en que hayas podido evitar cómodamente la ocasión, y en que hayas previsto o hayas tenido ocasión de prever el hecho de la tentación; pero, si no has dado motivo alguno a la tentación, de ninguna manera te puede ser imputada a pecado.

Cuando la delectación que sigue a la tentación ha podido ser evitada y, no obstante, no lo ha sido, siempre hay alguna clase de pecado, según sea la detención hecha en ella, y también según sea la naturaleza de la causa del placer sentido. Una mujer que, sin haber dado motivo para ser festejada, se complace, no obstante, en serlo, no deja de ser digna de reprensión, si el placer que en ello encuentra no tiene otra causa que la galantería. Por ejemplo, si el que quiere hacerle el amor toca exquisitamente el laúd, y a ella le gusta, no el ser requerida de amores, sino la armonía y dulzura del sonido, no hay pecado, aunque no debe detenerse mucho en este placer, por el peligro de pasar del mismo a la delectación de aquel requerimiento; igualmente, pues, si alguien me propone alguna estratagema llena de sutileza y artificio para vengarme de mi enemigo, y yo no me complazco ni consiento en la venganza que se me propone, sino que me deleito únicamente en la sutileza de la invención y del artificio, indudablemente no peco, aunque no es conveniente que me entretenga en este placer, porque, poco a poco, puede arrastrarme a que me deleite en la misma venganza.

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