Santos Apóstoles · Kindle

Parte 2 · Capítulo 20

Introducción a la vida devota · San Francisco de Sales

DE LA COMUNIÓN FRECUENTE

Tramo 4 de 4

Letra pequeñaMedianaGrande

Es conveniente, ahora, decir cuatro palabras a los casados. En la Ley antigua, no era cosa bien vista que los acreedores exigiesen el pago de las deudas en día festivo, pero aquella Ley nunca reprobó que los deudores cumpliesen sus obligaciones y pagasen a los que lo exigían. En cuanto a los derechos conyugales, si bien es de alabar la moderación, no es pecado hacer uso de los mismos los días de comunión, y el pagarlos no sólo no es reprobable, sino que es justo y meritorio. Así, pues, nadie que tenga obligación de comulgar se ha de privar de la comunión a causa de las relaciones conyugales. En la primitiva Iglesia, los cristianos comulgaban cada día, aunque estuviesen casados y tuviesen fruto de bendición; por esto te he dicho que la comunión frecuente no ocasiona ninguna molestia ni a los padres, ni a las esposas, ni a los maridos con tal que el alma que comulga sea prudente y discreta. En cuanto a las enfermedades corporales, ninguna puede ser legítimo obstáculo para esta santa participación, a no ser que provocase con mucha frecuencia el vómito.

Para comulgar con frecuencia basta con estar libre de pecado mortal y tener un recto deseo de hacerlo. Siempre, empero, es mejor que pidas el parecer al padre espiritual.

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